Por: Fanor Paz Valencia 
Vicepresidente Junta de Vigilancia 

Vigilancia y Control Social en las Entidades de Economía Solidaria “un Asociado bien informado es un Asociado bien protegido” 

La Junta de Vigilancia y el control social en el sector de la economía solidaria son instrumentos clave para garantizar la correcta ejecución de las actividades de las entidades de este sector. Estos mecanismos se basan en el principio de participación democrática, que promueve la intervención activa de los asociados en las decisiones de dirección y administración de las empresas cooperativas, en igualdad de condiciones y utilizando las herramientas proporcionadas por las normativas legales. 

El enfoque moderno de las Juntas de Vigilancia y Control Social permite que su acción no sea vista como un mecanismo represivo, sino como un recurso que facilita el cumplimiento del objetivo social de las entidades. 

Para lograr un control eficaz, es fundamental que las Juntas de Vigilancia actúen como órganos de supervisión, encargándose de revisar diversas actividades dentro de la cooperativa, para asegurar el correcto funcionamiento de la entidad. Algunas de sus principales responsabilidades son: 

  • Verificar que los actos y decisiones de los Órganos de la Cooperativa se ajusten a la Ley, Estatuto y Reglamento. 
  • Informar sobre cualquier irregularidad en el funcionamiento de la Cooperativa. 
  • Conocer y dar seguimiento a las quejas y reclamos de los asociados. 
  • Solicitar la aplicación de sanciones a los asociados que incumplan con sus deberes. 

 

La Participación Ciudadana y el Control Social 

La participación ciudadana es uno de los tres elementos fundamentales del control social, que incluye tanto procesos de fiscalización como la imposición de sanciones. En estos procesos, no se deben pasar por alto los valores, las costumbres y las creencias que conforman el contexto cultural de la comunidad. 

El control social se entiende como un proceso de fiscalización, evaluación y revisión de las actividades de la cooperativa, con el fin de garantizar la conformidad de los asociados con las normativas establecidas. Según el sociólogo francés Émile Durkheim, el control social es "la función de responder a la desviación para conseguir la conformidad de los individuos al sistema social". 

Mecanismos de Control Social 

Los mecanismos de control social permiten participar en la gestión y vigilar los resultados de la cooperativa, a través de casos como, derechos de petición, reclamos y quejas. Estos mecanismos pueden ser formales o informales: 

  • Formales: Son aquellos que están oficialmente establecidos por la Ley y el Estatuto de la cooperativa. 
  • Informales: Son aquellos que provienen de las costumbres y tradiciones. 
  • Mecanismos Jurídicos: Son los instrumentos legales que permiten al asociado ejercer su derecho a vigilar la gestión de la cooperativa.